Haz crecer tus metas con la confianza de estar acompañado
En REDFE, tus ahorros están respaldados por una cooperativa cercana y responsable. Abre tu cuenta, fortalece tu patrimonio y accede a soluciones financieras diseñadas para ayudarte a avanzar con seguridad en cada etapa de tu vida.
¿Cumples con estos requisitos?
- Ser mayor de edad.
- Solicitar tu ingreso de forma voluntaria.
- Realizar tu aportación social y abrir tu cuenta de ahorro.
- Compartir los valores de responsabilidad y cooperación.
Solo necesitas estos documentos
Tenlos listos antes de contactarnos para que tu proceso avance sin vueltas.
CURP
Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses
Acta de nacimiento legible
Identificación oficial vigente del beneficiario
Dos referencias personales
¿Ya los tienes? Inicia tu registro hoy y forma parte de nuestra comunidad.
Nuestra comunidad
Lo que obtienes al ser socio
- Acceso a ahorro y préstamos.
- Voz y voto en la cooperativa.
- Participación en programas y beneficios.
- Libertad para retirarte cuando no tengas obligaciones pendientes.
Nuestro compromiso es mutuo
- Cumplir puntualmente tus pagos.
- Respetar los estatutos.
- Participar en la vida cooperativa.
- Contribuir al crecimiento de todos.
El valor del ahorro cooperativo
“El fomento del hábito del ahorro y acercar a niñas, niños y jóvenes al movimiento cooperativo, sus principios, valores y experiencias de vida es un objetivo que nos hemos trazado en Cooperativa REDFE.”
Requisitos para ser Ahorrador Menor
Para abrir una cuenta de ahorro a nombre de un menor, es necesario que el tutor cumpla con los requisitos establecidos y mantenga sus derechos vigentes como socio de Cooperativa REDFE.
- INE del tutor
- CURP del menor
- Acta de nacimiento del menor
- Apertura de cuenta de ahorro con $20.00
Aviso legal
Los certificados de aportación no generan intereses por tratarse de una sociedad cooperativa sin fines de lucro. Mientras el socio mantenga su relación con la sociedad, no podrá retirar dichos certificados. Podrá darse de baja si no tiene obligaciones pendientes. Al hacerlo, se le devolverá el 100% de su aportación, salvo que con ello se afecte el capital mínimo requerido por la CNBV según el nivel prudencial que corresponda a la sociedad.